Un policía le dispara a una persona en crisis. De forma casi automática comienzan a multiplicarse en los medios masivos críticas a la Ley Nacional de Salud Mental. ¿Tiene explicación esta asociación entre un hecho de violencia policial y una ley que aborda las problemáticas del campo de la salud mental desde el enfoque de los derechos humanos? La tiene. Pero para descubrirla hay que pasar por algunos eslabones no del todo visibles.
Desde hace más de 15 años trabajo en hospitales públicos que internan pacientes por motivos de salud mental. Equipos interdisciplinarios, internaciones voluntarias e involuntarias, diagnósticos, guardias, crisis subjetivas, angustias, sobreingestas, violencias de género, estrategias clínicas, consumos problemáticos, episodios de excitación psicomotriz, altas voluntarias, órdenes judiciales; todo eso forma parte de mi labor cotidiana, iniciada varios años antes de que se sancionara en 2010 la Ley Nacional de Salud Mental. Al igual que la amplia mayoría de mis compañeras y compañeros de trabajo, puedo dar cuenta del avance que la sanción de esta ley significó para quienes devienen usuarios de los servicios de salud mental. Y también conozco quiénes son y qué piensan los minoritarios pero poderosos actores que se oponen a la plena implementación de la ley, la incumplen cotidianamente, e intentan erosionar su legitimidad con el objetivo final de derogarla.
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Mediatización
Pero volvamos al episodio que está en el origen de estos debates. Cuando por alguna razón se mediatizan este tipo de situaciones, lo más recomendable es contrarrestar con cierta cautela el impulso a pasar de forma inmediata a realizar valoraciones de lo sucedido asumiendo que toda información difundida sobre el acontecimiento es correcta. La experiencia demuestra que esto no suele ser el caso. Se trata de hechos complejos, en los que los involucrados suelen encontrarse considerablemente afectados por la situación. La reconstrucción de lo que pasó, basada en esos testimonios, no es tarea sencilla. Pero podemos, de todos modos, situar en el lugar de los hechos al músico en crisis, su madre, su tío, el esposo de su madre, a un psiquiatra de la obra social, a tres ambulancias con su correspondiente personal médico y a tres policías. Se trató de un evento de extrema complejidad, con una alta cantidad de actores intervinientes y que fue escalando sin que las múltiples intervenciones pudieran incidir significativamente sobre este despliegue. Analizar por qué las cosas se dieron de este modo y qué se podría haber hecho de otra forma es una instancia de reflexión crucial, pero no puede hacerse sin la participación de los implicados de manera directa. Sin embargo, es posible afirmar que nada del marco normativo, en particular la Ley Nacional de Salud Mental, incidió de forma negativa en el abordaje de la situación.
Porque, ¿qué dice la Ley Nacional de Salud Mental sobre este tipo de situaciones de crisis? Que deben abordarse de forma interdisciplinaria (con la participación de psicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales, enfermeros, etc.) y que debe recurrirse a la internación “cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social” (Ley 26.657. Art. 14). También plantea que dicha internación podrá realizarse de forma involuntaria, en caso de que “no sean posibles los abordajes ambulatorios” y “cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.” (Ley 26.657. Art. 20).
Es decir que la ley habilitaba la posibilidad de una internación involuntaria de carácter excepcional, hasta tanto la problemática resultara abordable de forma ambulatoria.
Una ley bajo ataque
¿Por qué entonces la multiplicación de ataques a la ley en los medios de comunicación? Por un aspecto central de la Ley Nacional de Salud Mental no implicado de forma directa en la situación aludida: el fin de los manicomios. Los manicomios se basan en la idea del encierro de la locura, es decir, en la reclusión indefinida de aquellas personas calificadas como portadoras de la misma. Este abordaje de los problemas subjetivos ha sido valorado como violatorio de los derechos humanos, además de profundamente ineficaz en términos “terapéuticos”, desde hace décadas por diversas instancias locales e internacionales. Es el consenso mundial en los ámbitos sanitarios. La OMS dice que hay que reformar los sistemas de atención basado en los manicomios. También la OPS (Organización Panamericana de la Salud). En la “Declaración de Caracas” sobre la reestructuración de la atención psiquiátrica puede leerse un llamamiento a la “promoción de modelos alternativos centrados en la comunidad” y a la “revisión crítica del papel hegemónico y centralizador del hospital psiquiátrico”. La Ley Nacional de Salud Mental es consecuencia de asumir tales consensos. Y también de un intenso proceso de debate sostenido durante varios años en el campo de la Salud Mental que implicó la participación masiva de trabajadores y usuarios, con elaboración de propuestas y discusión de artículos específicos. Propuestas y discusiones que luego fueron incorporadas en el proyecto final. Un proyecto de ley que, además, recibió sanción unánime en ambas cámaras legislativas nacionales.
Pero a este amplio consenso tanto global como nacional se le oponen aquellos actores institucionales cuyos intereses están ligados a la persistencia de los manicomios y que conviene nombrar con la mayor precisión posible. En primer lugar, la Asociación Argentina de Instituciones de Salud Mental (Aisame), que congrega a las clínicas psiquiátricas privadas de todo el país. Luego también está la Asociación Argentina de Psiquiatras (AAP), que emite comunicados en los que declara que “en Argentina no hay manicomios desde hace décadas”. Y la más amplia y diversa Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA) que, si bien reconoce que la Ley Nacional de Salud Mental “constituye un aporte en materia de derechos humanos”, sin embargo se opone a la mayor materialización concreta de este aporte: la “sustitución definitiva por los dispositivos alternativos” de los Hospitales Monovalentes, es decir, de los manicomios (Ley 26.657. Art. 27). APSA plantea, en abierta oposición a la ley, que “el hospital especializado en salud mental constituye, en cualquier planificación, una pieza fundamental que no puede ser sustituida por ninguno de los elementos de la red de dispositivos alternativos”. Estamos hablando de la defensa de instituciones en las que el tiempo de internación promedio, según los datos del primer Censo Nacional de Personas Internadas por Motivos de Salud Mental realizado entre los años 2018 y 2019, es de 8 años. Y todo ello en profundo contraste con el posicionamiento ético de cientos de psiquiatras argentinos que trabajan todos los días desde perspectivas clínicas respetuosas de los derechos humanos, la autonomía subjetiva de los usuarios y el marco normativo vigente.
Es así que quien preste atención a medios como Infobae puede encontrar un intento sistemático de erosión de la Ley de Salud Mental basado, fundamentalmente, en plantear que la ley dice lo que no dice o que no dice lo que dice. Con el estilo que caracteriza al medio en cuestión, puede llegar a leerse incluso cómo se califica a la ley como “criminal”. La agenda de erosión es sistemática y no una mera reacción ante hechos de repercusión mediática. Pueden seguirse particularmente en las notas firmadas por Claudia Peiró como esta de 2020 o esta de 2021.
Las problemáticas de salud mental que requieren internaciones, y más cuando existen razones clínicas para que dichas internaciones sean involuntarias, suelen ser extremadamente complejas. Quienes las abordamos sabemos que muchas veces los recursos con los que contamos son insuficientes. Pero también que incluso la disponibilidad de dichos recursos no garantiza en todos los casos la transformación significativa de las problemáticas abordadas. Sin embargo, entendemos que el marco normativo actual, lejos de ser un obstáculo para nuestra práctica, es una herramienta posibilitante de un abordaje respetuoso de los derechos humanos.
Intereses
Como en toda operación mediática, la clave para entender su lógica y sus objetivos es comprender cuáles son los actores que las promueven y los intereses por los que se mueven.
Si queremos que toda persona que esté atravesando una problemática subjetiva tenga acceso a espacios de contención y elaboración de sus dificultades tenemos que asumir que el campo de la salud mental necesita seguir profundizando su proceso de transformación. Hoy contamos con un marco normativo acorde. Y con equipos de salud comprometidos con la salud pública. Pero esta transformación necesitará también, y de forma urgente, un cambio cultural de amplio alcance que implique la construcción de una disposición social mayoritaria dirigida a asumir que la diversidad subjetiva tiene que formar parte del desafío de la convivencia social (con todas sus tensiones pero también sus potencialidades) en lugar de una dimensión de la experiencia humana a segregar en instituciones de encierro.
Y es justamente en este punto en el que la pregunta por la salud mental se conecta con la pregunta sobre en qué tipo de sociedad queremos vivir, que la cuestión se vuelve algo que concierne no sólo a usuarios y trabajadores de este campo, sino a toda la ciudadanía.
Las fotografías pertenecen al ensayo fotográfico La vida después, de Isis Milanese, para el que la fotógrafa trabajó durante dos años visitando a pacientes de la Colonia Psiquiátrica de Oliveros (Santa Fe) que habían sido externados de la institución psiquiátrica luego de 30 años de encierro a través de un programa que busca reubicarlos en la vida social proveyéndoles hogares y una rutina que los vuelva a vincular con la vida en la comunidad.